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Tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión: la vía rápida para vivir junto a tu familia europea
Cómo obtener la tarjeta de familiar comunitario en España: requisitos, plazos y diferencias con la reagrupación familiar del régimen general.

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Familia y UE
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Una abogada, de principio a fin
Cuando el vínculo familiar es con un ciudadano de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o suizo (que no ostente la nacionalidad española), el procedimiento aplicable no es la reagrupación familiar del régimen general, sino el régimen comunitario regulado por el Real Decreto 240/2007, que traspone la Directiva 2004/38/CE. Esta vía suele resultar más ágil y con requisitos de ingresos menos rígidos que el régimen general, algo especialmente relevante para familias mixtas latinoamericano-europeas que buscan asentarse en España.
Quiénes tienen derecho a la tarjeta de familiar comunitario
Tienen derecho a esta tarjeta el cónyuge o pareja registrada del ciudadano de la Unión, los descendientes directos menores de 21 años o mayores a su cargo, y los ascendientes directos a cargo del ciudadano comunitario o de su cónyuge. También se contempla, bajo criterios más estrictos de valoración individual, a otros familiares o parejas de hecho no registradas que dependan económicamente del ciudadano comunitario o convivan con él de forma estable, figura conocida como familiar extensivo.
Un matiz que suele confundirse: si el ciudadano de la Unión Europea tiene nacionalidad española, su familiar extracomunitario no se rige por este régimen sino por la reagrupación del régimen general, salvo que se acredite el llamado efecto Surinder Singh, es decir, que la unidad familiar ha ejercido previamente la libre circulación en otro Estado miembro.
Requisitos del ciudadano comunitario reagrupante
El ciudadano de la Unión debe estar en España en situación de trabajador por cuenta ajena o propia, o bien acreditar medios económicos suficientes para sí y su familia sin convertirse en carga para el sistema de asistencia social español, junto con un seguro de enfermedad que cubra a toda la unidad familiar. A diferencia del régimen general, no existe una cuantía de IPREM fijada de forma tan rígida, sino una valoración de suficiencia de recursos caso por caso, lo que en la práctica facilita el acceso a familias con ingresos moderados pero estables.
Procedimiento y plazos
- Si el familiar extracomunitario se encuentra fuera de España, debe solicitar previamente un visado de familiar comunitario en el consulado español de su país de residencia (por ejemplo, Bogotá, Ciudad de México, Lima, Buenos Aires o Caracas), salvo exención por nacionalidad.
- Una vez en España, o si ya se encontraba en situación regular, se solicita la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión ante la Oficina de Extranjería, dentro de los tres meses siguientes a la entrada o a la fecha en que se cumplan los requisitos.
- El plazo legal de resolución es de tres meses desde la solicitud, notablemente más corto en la práctica administrativa que muchos expedientes del régimen general.
- La tarjeta se expide con una vigencia inicial de cinco años y habilita para residir y trabajar en España en las mismas condiciones que el ciudadano comunitario.
Documentación desde países latinoamericanos
La acreditación del vínculo familiar exige literales de nacimiento y certificados de matrimonio o de unión registrada apostillados conforme al Convenio de La Haya, con traducción jurada al español cuando proceda. Para ascendientes o familiares extensivos que dependan económicamente del ciudadano comunitario, es recomendable acompañar la solicitud con historial de remesas, transferencias bancarias periódicas o declaraciones que acrediten la dependencia de forma continuada, ya que la simple manifestación de parentesco no es suficiente para este tipo de vínculo.
También conviene incluir el certificado de antecedentes penales del país de origen o de residencia de los últimos cinco años, legalizado, y el pasaporte en vigor. Un expediente bien documentado desde el inicio evita requerimientos que en la práctica pueden retrasar la resolución varios meses adicionales.
Diferencias clave con la reagrupación familiar del régimen general
La tarjeta de familiar comunitario suele ofrecer ventajas frente a la reagrupación familiar tradicional: no exige un periodo previo de residencia legal del reagrupante en España, la valoración de recursos económicos es menos rígida y el círculo de familiares reagrupables es en algunos aspectos más amplio, incluyendo parejas de hecho no registradas en supuestos justificados. Sin embargo, exige probar de forma fehaciente la nacionalidad comunitaria del reagrupante y, en el caso de parejas de hecho, su inscripción o estabilidad de la relación.
Tras la tarjeta: certificado de registro y renovaciones
Si el familiar reagrupado adquiere posteriormente derechos propios, o si el propio ciudadano de la Unión desea formalizar su situación en España, puede ser necesario tramitar en paralelo el certificado de registro de ciudadano de la Unión. Pasados cinco años de residencia continuada, tanto el ciudadano comunitario como su familiar pueden solicitar la residencia permanente, con menos requisitos que la residencia de larga duración del régimen general.
En Carway Migrate revisamos la relación de parentesco, la situación laboral del ciudadano comunitario y la documentación disponible antes de presentar la solicitud, para reducir al mínimo los requerimientos de subsanación. Puedes verificar tu caso con una consulta gratuita o revisar el listado completo de servicios de extranjería que ofrecemos.
Errores frecuentes al solicitar la tarjeta de familiar comunitario
Entre los motivos de retraso más habituales destacan: no acreditar de forma continuada la actividad económica del ciudadano comunitario en España, presentar el certificado de empadronamiento sin la antigüedad suficiente para demostrar convivencia, y aportar traducciones no juradas de documentos apostillados en países como Colombia, Perú o Argentina. También es frecuente que se rechace la solicitud de familiar extensivo por falta de pruebas objetivas de dependencia económica o convivencia, por lo que conviene reunir extractos bancarios, contratos de arrendamiento conjunto o certificados de convivencia antes de presentar el expediente.
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