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Visado de nómada digital España: guía para teletrabajadores latinoamericanos
Cómo tramitar el visado de nómada digital en España desde LatAm en 2026: ingresos, contratos con EE. UU., convenios de Seguridad Social.

Área
Vivir en España
Idiomas
ES · EN
Honorarios
Cerrados y por escrito
De un vistazo
Una abogada, de principio a fin
El visado de nómada digital, creado por la Ley 28/2022 de fomento del ecosistema de empresas emergentes, permite residir en España mientras se trabaja de forma remota para empleadores o clientes ubicados fuera del país. Para profesionales de México, Colombia, Argentina, Perú, Chile o Ecuador que facturan a empresas estadounidenses, europeas o latinoamericanas desde sus laptops, es hoy la vía más directa para instalarse legalmente sin depender de un empleador español ni montar un negocio local. La particularidad de este perfil es que casi siempre implica gestionar simultáneamente dos sistemas: el fiscal y de Seguridad Social del país de origen o del cliente, y el español.
Quién puede acogerse: empleados remotos y freelancers con clientes en el exterior
Pueden solicitar este visado tanto trabajadores por cuenta ajena contratados por una empresa no española que teletrabajan desde España, como profesionales autónomos con varios clientes internacionales. La ley exige que la actividad se realice efectivamente a distancia mediante medios y sistemas informáticos, y limita el porcentaje de ingresos que puede provenir de clientes españoles al veinte por ciento del total de la actividad, lo que obliga a documentar con detalle la procedencia geográfica de la facturación, algo especialmente relevante para quienes combinan clientes en Estados Unidos con algún proyecto puntual en España.
Antigüedad laboral y de la empresa: lo que exige la norma
Si se trabaja para una empresa extranjera como empleado, debe acreditarse una relación laboral o profesional de al menos tres meses previos a la solicitud y que la empresa permita el trabajo a distancia, mediante carta o certificado del empleador. Si se trabaja como autónomo con varios clientes, se exige acreditar que la actividad profesional se viene desarrollando con cierta continuidad, normalmente durante al menos un año antes de la solicitud, con contratos, facturas o acuerdos de prestación de servicios que respalden la relación con cada cliente en el exterior.
Ingresos mínimos y cómo acreditarlos desde LatAm
El umbral de ingresos se fija por referencia al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente en España, exigiéndose un múltiplo de esa cifra para el solicitante principal, con incrementos porcentuales adicionales por cada familiar reagrupado que se incluya en la solicitud. Conviene revisar la cifra exacta vigente para 2026 antes de preparar el expediente, ya que el SMI se actualiza anualmente. Como prueba de ingresos suelen admitirse contratos de trabajo o de prestación de servicios, últimas nóminas o facturas emitidas, extractos bancarios que reflejen los cobros de forma recurrente y, en su caso, declaraciones de impuestos del país de origen. Para quienes facturan en dólares a clientes estadounidenses, es recomendable acompañar los extractos con una conversión razonada al euro y evitar meses con ingresos atípicamente bajos que generen dudas sobre la estabilidad de los ingresos.
Fiscalidad: el régimen especial y la doble imposición
Los nómadas digitales pueden acogerse, cumpliendo requisitos, al régimen fiscal especial para trabajadores desplazados regulado en la Ley del IRPF, que permite tributar en condiciones más favorables que el régimen general durante los primeros años de residencia fiscal en España. La existencia de convenios para evitar la doble imposición entre España y varios países latinoamericanos resulta relevante para no tributar dos veces por los mismos ingresos, especialmente cuando se mantienen clientes o cuentas en el país de origen durante la transición.
Trámite en España o desde el consulado: ventajas de cada vía
El visado puede solicitarse desde el consulado español en el país de origen, con resolución en un plazo legal de diez días hábiles, o bien, si ya se está en España en situación regular, tramitarse directamente como autorización de residencia ante la Unidad de Grandes Empresas, con el mismo plazo de diez días hábiles. Para quienes ya están de viaje o con visado de turista dentro del plazo legal de estancia, la segunda opción evita un viaje de regreso, aunque exige verificar cuidadosamente que la entrada a España se produjo en una situación que permite este cambio de estatus.
Cómo te acompañamos en Carway Migrate
Analizamos tu situación de ingresos, contratos y antigüedad laboral para confirmar que cumples el umbral exigido, revisamos si te corresponde convenio de Seguridad Social con tu país de origen o si conviene cotizar en España, preparamos toda la documentación con la apostilla y traducción que exige el consulado, y damos seguimiento al expediente hasta la resolución. Trabajamos con presupuesto cerrado por escrito desde el primer contacto. Puedes comparar esta vía con el trabajo por cuenta propia si tu actividad tiene más peso en clientes españoles, o revisar los requisitos económicos vigentes para 2026 antes de iniciar el trámite.
Preguntas frecuentes
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