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Comunicación de desplazamiento de trabajadores a España

Gestiona la comunicación previa obligatoria para desplazar trabajadores de la UE a España conforme a la Ley 45/1999 y la Directiva 2014/67/UE.

Comunicación de desplazamiento de trabajadores a España

Área

Trabajo y empresa

Idiomas

ES · EN

Honorarios

Cerrados y por escrito

De un vistazo

Una abogada, de principio a fin

Cuando una empresa establecida en otro Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza envía trabajadores a España para ejecutar una prestación transnacional de servicios, la normativa española exige presentar, con carácter previo al inicio del desplazamiento, una comunicación ante la autoridad laboral competente. Esta obligación, derivada de la Directiva 96/71/CE y de su transposición mediante la Ley 45/1999, sobre el desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional, y reforzada por las medidas de control introducidas por la Directiva 2014/67/UE, busca garantizar que los trabajadores desplazados disfrutan de un núcleo mínimo de condiciones laborales españolas y que la Inspección de Trabajo puede verificar el cumplimiento de la normativa. Omitir esta comunicación, o presentarla de forma incompleta, constituye una infracción administrativa que puede acarrear sanciones a la empresa prestadora del servicio y a la empresa destinataria en España. En Carway Migrate gestionamos esta comunicación de forma integral para empresas que trasladan personal a proyectos, obras o prestaciones de servicios en territorio español.

01

Quién está obligado a presentar la comunicación

Están obligadas a comunicar el desplazamiento las empresas establecidas en otro Estado miembro de la UE, del EEE o en Suiza que desplacen trabajadores a España en alguno de estos tres supuestos: desplazamiento en el marco de un contrato celebrado con la empresa destinataria en España; desplazamiento a un centro de trabajo o empresa del mismo grupo empresarial situado en España; y puesta a disposición de trabajadores por parte de una empresa de trabajo temporal establecida en otro Estado miembro para ser utilizados por una empresa usuaria en España. La obligación recae sobre la empresa prestadora del servicio, pero la empresa española que recibe a los trabajadores también tiene deberes de colaboración y, en determinados supuestos, responsabilidad subsidiaria.

02

Contenido y plazo de la comunicación

La comunicación debe presentarse antes del inicio del desplazamiento, ante la autoridad competente de la comunidad autónoma donde se van a prestar los servicios, o ante la autoridad estatal en desplazamientos de ámbito supraautonómico. Debe incluir, entre otros datos, la identificación de la empresa prestadora del servicio y de la empresa destinataria en España, la identificación de los trabajadores desplazados, la fecha de inicio y la duración prevista del desplazamiento, el lugar de prestación de los servicios y la identificación de un representante de la empresa en España a efectos de comunicación con la Inspección de Trabajo y de conservación de documentación. La comunicación debe mantenerse actualizada si se producen modificaciones sustanciales en el desplazamiento, y la documentación acreditativa debe conservarse y estar disponible durante el desplazamiento y en el periodo posterior que determine la normativa.

03

Núcleo de condiciones laborales que deben respetarse

Con independencia de la legislación aplicable al contrato de trabajo, la empresa que desplaza trabajadores a España debe garantizar el respeto de un conjunto de condiciones mínimas equivalentes a las de la normativa laboral española, entre ellas: tiempo de trabajo y descansos, duración mínima de vacaciones, cuantía del salario mínimo (incluidas las tablas salariales del convenio colectivo aplicable en el lugar de prestación), condiciones de trabajo en empresas de trabajo temporal, prevención de riesgos laborales, igualdad de trato y no discriminación, y condiciones de alojamiento cuando el empresario lo proporcione. Esta regla del núcleo duro de condiciones se aplica con independencia de la nacionalidad del trabajador o de la ley que rija su contrato en el país de origen.

04

Coordinación con el formulario A1 y la seguridad social

La comunicación de desplazamiento laboral es independiente, aunque está estrechamente relacionada, con la coordinación de seguridad social prevista en los reglamentos europeos: para que el trabajador desplazado continúe cotizando en su país de origen durante el periodo de desplazamiento, la empresa debe solicitar y disponer del formulario A1 antes del inicio de la actividad en España. La ausencia de este documento, en caso de inspección, puede dar lugar a la exigencia de cotización en España y a la apertura de expedientes sancionadores paralelos al de la propia comunicación de desplazamiento.

05

Sanciones por incumplimiento

La falta de comunicación, la comunicación fuera de plazo, la designación incorrecta del representante en España, o el incumplimiento del núcleo de condiciones laborales mínimas, se califican como infracciones en materia de desplazamiento de trabajadores conforme a la normativa laboral española, y pueden dar lugar a sanciones económicas relevantes, además de la posible paralización cautelar de la actividad en supuestos graves. La empresa destinataria en España debe verificar, dentro de su deber de diligencia, que la empresa prestadora ha cumplido esta obligación antes de que los trabajadores comiencen a prestar servicios.

06

Cómo trabajamos en Carway Migrate

Preparamos y presentamos la comunicación de desplazamiento ante la autoridad laboral competente, coordinamos la obtención del formulario A1 con el organismo de seguridad social del país de origen, revisamos el cumplimiento del núcleo de condiciones laborales españolas aplicables al proyecto, y designamos o asesoramos sobre el representante en España exigido por la normativa. Si tu operación implica además el desplazamiento de trabajadores extracomunitarios, evaluamos junto con este trámite la posible aplicación del régimen de traslado intraempresarial. Consulta nuestros servicios de movilidad internacional o solicita una consulta gratuita para planificar tu próximo desplazamiento a España.

07

Preguntas frecuentes

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